En España, el proceso de facturación puede ser complejo para quienes desean facturar servicios o productos sin estar dados de alta en Hacienda y como autónomos. A continuación, abordaremos los aspectos legales, los requisitos y las posibles alternativas para facturar sin alta en Hacienda y Seguridad Social.
¿Es posible facturar sin estar dado de alta en Hacienda y en Autónomos?
¿Qué significa estar dado de alta en Hacienda?
Estar dado de alta en Hacienda implica registrarse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Importancia: Este paso es necesario para cualquier persona que desee facturar servicios o productos, ya que Hacienda controla las actividades económicas declaradas a efectos fiscales. Sin embargo, no siempre se requiere ser autónomo para estar registrado en Hacienda.
¿Qué implica darse de alta como autónomo?
Darse de alta como autónomo implica registrarse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Seguridad Social.
Implicación: Los autónomos deben cumplir con obligaciones fiscales y de cotización. Sin embargo, existen situaciones en las que una persona puede facturar sin darse de alta en el RETA, lo que exploraremos en los próximos puntos.
Casos en los que puedes facturar sin estar dado de alta en autónomos
Existen casos específicos en los que la legislación permite facturar sin estar dado de alta como autónomo, especialmente cuando los ingresos son esporádicos y de bajo volumen.
Ejemplo: Personas que realizan trabajos ocasionales, siempre que no superen un límite de ingresos y que su actividad no se considere habitual.
Cómo facturar sin darse de alta en autónomos: ¿es legal?
Cómo emitir una factura sin estar dado de alta en Hacienda
Para emitir una factura sin darse de alta en Hacienda, se debe realizar un alta temporal en el Censo de Empresarios solo para esa factura.
Requisito: Esto permite declarar los ingresos puntuales sin necesidad de darse de alta en el RETA si la actividad no es continuada.
Proceso: Es importante mantener registros de la actividad y cumplir con las obligaciones fiscales, como la presentación de los modelos de IVA e IRPF.
¿Cuánto puedo facturar sin estar dado de alta en autónomos?
En términos generales, no existe un límite específico de facturación para evitar darse de alta en el RETA, pero se considera que los ingresos no deben superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para actividades ocasionales. Superar este límite podría interpretarse como una actividad habitual, obligando al alta en autónomos.
Consecuencias de facturar sin alta en Hacienda y Seguridad Social
Facturar sin estar dado de alta en Hacienda o en la Seguridad Social puede tener consecuencias graves.
Sanciones: La Seguridad Social puede imponer multas por no estar dado de alta en el RETA si determina que la actividad es habitual. Asimismo, Hacienda podría sancionar por no declarar los ingresos correctamente, lo que resulta en sanciones económicas.
Requisitos y límites para facturar sin estar dado de alta
El límite de ingresos para facturar sin darse de alta como autónomo
Para evitar problemas, es recomendable que los ingresos anuales no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) si se pretende facturar sin estar dado de alta como autónomo.
Consejo: Si tus ingresos superan el SMI o la actividad es habitual, lo más adecuado es darse de alta en el RETA para evitar sanciones.
Alternativas legales para facturar sin ser autónomo
Existen alternativas para quienes desean facturar sin alta en autónomos, como las cooperativas de trabajo que gestionan la facturación en nombre del trabajador a cambio de una comisión. Otra opción son las plataformas de facturación que permiten facturar como profesional independiente sin estar en el RETA.
¿Cómo afecta facturar sin alta a tus impuestos y seguridad social?
No estar dado de alta en Hacienda o en el RETA puede afectar tus obligaciones fiscales y de seguridad social.
Impuestos: Deberás declarar los ingresos aunque no estés dado de alta en el RETA, lo que implica realizar una declaración de IVA y de IRPF por cada factura emitida. Seguridad Social: No cotizarás para prestaciones como jubilación o baja laboral, lo cual es importante considerar si la actividad se vuelve recurrente.